En un proceso de divorcio debemos conocer los tipos de guardia y custodia existentes. Probablemente te estés preguntando qué tipo de custodia es mejor para tus hijos si es que estás inmerso en un proceso de divorcio. Mi mejor consejo es que te informes. A más información tengas, en mejores condiciones estarás de acertar encontrando la mejor salida a la situación en que quedan tus hijos menores tras esa ruptura.
Por experiencia sabemos que todos los padres que acuden a nuestros servicios como letrados especialistas en divorcios desean que sea lo menos doloroso para sus hijos.
Para todos los que así pensáis, afortunadamente, poniendo el derecho del menor y su bienestar por encima de esa circunstancia que le es tan ajena como influyente vamos a repasar las opciones sobre su cuidado, viendo los tipos de guarda y custodia existentes ahora mismo.
En España existen 4 tipos de guarda y custodia:
- Guarda y custodia monoparental.
- Guarda y custodia compartida.
- Guarda y custodia partida o distributiva.
- Guarda y custodia ejercida por un tercero.
Tipos de Guardia y Custodia. Entendiendo el espectro.
Lo primero que llama la atención en numerosos casos atendidos en nuestro despacho es la confusión que todavía hoy existe en torno al concepto de patria potestad frente al de custodia. Vamos a explicarlo de manera muy sencilla para que todos lo entendamos. Custodia es con quién va a vivir el hijo/a menor. Quién le cocina, le baña, le lleva al colegio… quién vive con él y en qué condiciones (cuántos días, cada cuánto tiempo etc.) Pero este es un concepto que no se debe confundir con el de patria potestad. La patria potestad es mucho más amplio: la patria potestad habla del derecho y obligación de los padres en cuestiones como su educación, su cultura y formación, su representación legal, la administración de sus bienes… No tener la custodia de los hijos no significa perder la patria potestad. Esto solo se da en casos concretos donde un juez la retira.
Por lo general, el padre/madre custodio no tiene que preguntarle al padre/madre no custodio qué vamos a cenar o a qué hora, pero en virtud de la patria potestad, si tiene que consultarle a qué colegio irá, si hará o no la Primera Comunión, si debe operarse o no de anginas…
Tipos de Guardia y Custodia en función de con quién quedan los menores
La tipología de guardia y custodia que hemos anotado dos párrafos antes, se establece en base a con quién quedan los hijos tras la ruptura:
- Se quedan con un solo progenitor (monoparental).
- Se queda con ambos, repartiendo el tiempo entre uno y otro (compartida)
- Unos hijos con uno y otros con otro (distributiva)
- Con abuelos, titos, alguna institución apropiada… (tercero)
¿Cuál se debe aplicar en mi caso?
Según la ley y según el juez, la custodia que se debe aplicar en tu caso y en cada caso dependerá del interés del menor, superior legalmente a todos los intereses, es decir, aquella que actúe en mayor bien de su desarrollo y bienestar. Se valorará la mejor circunstancia de todas las posibles y se procederá a asignar la custodia a quienes corresponda. Ese carácter preponderante en favor del menor, lo recogen tanto la normativa nacional como la normativa a nivel internacional en casos de conflicto familiar.
No existe una fórmula mejor que otra. Siempre se valorará qué se debe hacer en base a la circunstancia existente y en base a ello resolver la fórmula de custodia más conveniente.