La ley del teletrabajo en España se ha implantado con fuerza a causa de la pandemia inesperada del Covid 19. En marzo cuando sobrevino un confinamiento que nadie se esperaba; ni las empresas, ni las personas, ni los centros educativos estaban preparados para las nuevas formas de vivir y trabajar a las que habría que hacer frente. Esta situación fue nivelándose, pero era solo el principio, la adaptación es continua y urge la necesidad de dar un marco legal que regule el nuevo sistema del teletrabajo.
La ley del teletrabajo ¿en qué consiste?
La nueva ley del teletrabajo se implantó el 13 de octubre, aunque era un sistema de trabajo que ya estaba regulado, en la realidad había solo una minoría de personas que hacía uso de este formato. La pandemia del Covid 19 hizo teletrabajar a la mayoría del país, y por tanto la regulación existente hasta el momento era insuficiente para albergar todos los supuestos que se estaban poniendo sobre la mesa.
La ley del teletrabajo ¿para quién?
Muchos empleados combinan diferentes modelos de trabajo, por tanto ¿Qué característica debe darse para saber si la nueva ley del teletrabajo me afecta o no? La primera regla es simple, al menos el treinta por ciento de la jornada laboral debe realizarse a distancia y será un sistema de trabajo al que deberán acogerse siempre de forma voluntaria tanto el trabajador como la empresa. Ninguna de las partes puede presionar a la otra.
La ley del teletrabajo ¿Cómo afecta a mi acuerdo con la empresa?
Otra de las partes fundamentales de la ley del teletrabajo es que esta situación debe verse recogida en un documento previamente aceptado por ambas partes, es decir, antes de trabajar de forma remota el trabajador y el empresario deberán estar conformes con las características de esta forma de trabajo. Sin embargo, y debido a que muchas personas se vieron obligadas a cambiar su forma de trabajar de la noche a la mañana, la ley establece un periodo de gracia de tres meses para poner al día el acuerdo entre ambas partes, en los casos en los que este no existiera de forma previa.
¿Qué debe integrar el acuerdo con la empresa?
Hay varios aspectos que deben estar recogidos en el acuerdo del trabajador con la empresa que son:
- Los aspectos relacionados con los equipos técnicos y de trabajo que se necesitarán para llevar a cabo la labor profesional a través del método de teletrabajo.
- Gastos para el empleado que teletrabaja y que están ligados con la labor que desempeña. Entre estos podemos encontrar las conexiones a internet, o el mobiliario necesario para llevar a cabo el trabajo (mesa, silla…)
- Fijación de horarios que podrán ser flexibles siempre que cumplan con la jornada de trabajo, y estableciendo un sistema para el control de la jornada laboral. Una medida que también ayuda en parte a la conciliación familiar.
Desde Migallón Abogados ofrecemos a trabajadores y empresas un asesoramiento personalizado para poner al día los convenios, realizar aquellos que se produzcan a partir de la fecha y establecer un marco regulador para que todas las partes puedan cumplir con su parte del acuerdo.