¿Se puede despedir a una embarazada? ¿Me pueden despedir si estoy de baja por maternidad o en período de lactancia? Esta es sin duda alguna una de las preguntas que más recibimos en nuestro buzón de correo y por ello nos animamos a dedicar nuestro post semanal a aclarar sus aspectos legales más interesantes.
Tenemos generalmente aceptado cuando una mujer está embarazada de baja por maternidad, de lactancia… la empresa tiene prohibido tajantemente el despedirla. Pero ¿es eso cierto?
Es cierto que las mujeres embarazadas gozan de una protección especial a la hora del despido. Y es que si no existe una causa justificada el despido será considerado nulo y la embarazada deberá aceptar una indemnización o podrá exigir que se la readmita en su puesto de trabajo ya que ha sido un despido nulo.
LIMITACIONES
Así las cosas, existen ciertas limitaciones que juegan en favor de la empresa, que no queda totalmente desprotegida al albur de la mujer embarazada cuando esta exhiba un comportamiento negligente. Esto significa que el hecho de estar embarazada, no implica no cumplir con las obligaciones propias de tu puesto de trabajo. Dicho de otra forma, podrían existir determinados supuestos en los que una mujer que está embarazada podría ser despedida de forma legal. Los supuestos en que la empresa puede despedir a una embarazada son:
- Ineptitud para el desempeño de las funciones para las que está contratada y asignada
- Faltas continuadas de asistencia
- Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción
Por lo tanto lo del ordenamiento jurídico a las embarazadas no es un cheque al portador sino una serie de garantías y protecciones especiales frente a despido. No tenemos que pensar que la empresa no puede despedir a una embarazada, ni lo contrario. Tal como ya hemos dicho antes, debe existir una causa justificada y probada. Esto significa que no se puede despedir arbitrariamente a una mujer en estado, Pero también significa que de existir razones objetivas, sostenidas en causas productivas, económicas, disciplinarias etc. sí que se podría hacer. Si concurren tales causas, aunque la trabajadora esté embarazada la empresa puede proceder a su despido sin que este obligatoriamente sea declarado nulo.
El propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea abordó el año pasado el despido de una mujer embarazada en Bankia (accede aquí al texto de la sentencia) que había tenido lugar a raíz del estatuto de regulación de empleo en la entidad. El alto tribunal europeo entendió que el despido se debía a causas objetivas y no a la situación concreta de la trabajadora, es decir, que había sido despedida tal como los demás compañeros dentro del marco de aplicación del estatuto de regulación de empleo, y no debido a su situación como embarazada.
El empresario tiene la obligación de notificar a la trabajadora las causas del despido de hacerlas constar, pero despedir a una embarazada es posible.
CONCLUSIONES
Entre las principales conclusiones que podemos sacar de la lectura de este post, la primera de ellas, es que una mujer embarazada sí puede ser despedida. La segunda conclusión, es que ese despido deberá ser perfectamente argumentado y objetivo.
Y es que el planteamiento de fondo de nuestro ordenamiento jurídico, es por un lado proteger a la mujer, pero por otro también proteger al empresario. Si la norma diera carta blanca absoluta la mujer embarazada, podría surgir una corriente de comportamientos poco responsables el puesto de trabajo, amparados en un hipotético cierto grado de impunidad. Y esta sería sin lugar a dudas la peor medida contra la mujer, ya que ningún empresario ni empresaria, estaría dispuesto contratar a una mujer en tales condiciones.
En síntesis, en el caso de que haya sido despedida y estés en situación de embarazo, lactancia, o baja por maternidad, deberá estudiarse caso por caso ya que no hay una medida igual para todos ellos. Si estás en esa situación y necesitas que valoremos tus posibilidades por favor ponte en contacto con nuestro despacho y estaremos encantados de resolver tus dudas.