Abordamos la cuestión de aquel heredero que no sabe cómo reclamar su herencia. Ciertamente, sorprende la cantidad de ocasiones en las que un heredero no sabe cómo actuar para dar salida al cobro de su herencia. Dedicaremos por lo tanto éste post semanal a arrojar luz sobre esta cuestión de forma que pueda ser una herramienta de consulta útil para todas aquellas personas que se vean en este contexto.
La figura del legitimario
En primer lugar tenemos que saber que el Código Civil reconoce la figura del legitimario. Se puede definir como aquella/as persona que siempre tendrán derecho a una parte de la herencia. Normalmente, serán los hijos o nietos de la persona que falleció (causante) y dejó la herencia.
Cuando las personas fallecen sin dejar testamento, es la ley la que indica quién heredará y en qué orden. Si el fallecido tenía hijos estos serán los legitimarios.
Creo que tengo derecho a una herencia ¿qué hago?
Si crees que puedes tener derecho al cobro de una herencia, lo primero que debes hacer es enterarte de si el causante, es decir la persona que fallece, ha dejado o no testamento. En este caso, lo que has de hacer, es dirigirte al Registro de Últimas Voluntades. Este es el sitio donde te dirán si hay o no testamento. En el caso de haberlo, tendrás que ir a la notaría donde lo realizó y solicitar una copia.
¿Como sé qué bienes tenía el fallecido?
Para simplificar esta tarea de investigación patrimonial lo más sencillo es clasificar según el tipo de bienes que puede tener un individuo. En base a esto tendríamos:
- Bienes muebles
- Bienes inmuebles
Para conocer si una persona de fallecer tenía bienes inmuebles, lo que hay que hacer es dirigirse al registro de la propiedad y allí nos dirán la información que necesitamos conocer.
El caso de los bienes muebles es algo más complejo.Y es que nos podemos encontrar una tipología que podríamos organizar de la siguiente forma:
- Cuentas bancarias
- Vehículos
- Seguros de vida
- Otros: dinero en efectivo, ajuar, obras de arte… Aquí hemos de hilar fino.
Ya sé lo que me corresponde ¿qué hago ahora?
Como en casi todos los casos en el ámbito legal tenemos dos fórmulas o posibles vías:
- La conciliación amistosa con el resto de herederos
- Solicitar la resolución judicial del caudal hereditario
La primera medida implica ponerse de acuerdo con el resto de los herederos. Como heredero, el objetivo es poder vernos ante el notario para dar curso a la escritura pública de aceptaciónde herencia. Desafortunadamente, en muchos casos la tendencia siempre será que uno de los herederos o al menos uno de ellos, ponga algún tipo de objeción que haga imposible esta vía. Será entonces cuando tengamos que acudir irremediablemente a la vía judicial.
La vía notarial es más interesante porque es más barata y se resuelve antes. Por el contrario, la vía judicial implica mayores costes y un tiempo de resolución más dilatado. Pero no hemos de tener miedo a acudir al juzgado porque con un buen abogado especialista en herencias podemos resolver de manera muy efectiva esa herencia.
Para nuestra directora, la letrada Isabel Fernández Migallón «Un heredero siempre queda muy contento con nuestra participación. Es una lástima cómo, por desconocimiento, en muchas ocasiones se aceptan cantidades inferiores a las que por ley correspondían a ese heredero. En el caso de nuestro despacho, siempre estudiamos los pormenores de cada circunstancia de manera que garantizamos a la persona que está obteniendo la parte que por derecho le corresponde. La solución justa»
Si usted vive en Valencia, y necesita del asesoramiento de un abogado especialista en herencias, contacte con nuestro despacho y estaremos encantados de resolver sus dudas iniciales y asesorarle acerca de la mejor estrategia para resolver su herencia.