Cláusulas Covid en los contratos de alquiler de viviendas
Las cláusulas Covid no han hecho más que aterrizar en los contratos de alquiler de viviendas pero también en las operaciones de compra venta. El sector del ladrillo, uno de los más fuertes históricamente en España, también se ha visto fuertemente sacudido por la pandemia mundial, no solo por el hecho de que las operaciones se han paralizado, de que el número de préstamos hipotecarios que se dan son menos y se miran con lupa, sino también por las condiciones que se han empezado a plasmar en los diferentes contratos.
Ante nadie estaba la posibilidad de vivir un escenario como en el que estamos, algo que destinábamos para el mundo de la ficción. Es por ello por lo que se están imponiendo las cláusulas Covid, una herramienta legal que pone a arrendador y arrendatario diferentes panoramas y formas de actuar en el caso de vernos en alguno de ellos.
Cláusulas Covid ¿Qué son?
Las cláusulas Covid son pautas establecidas entre las partes del contrato para regular la situación en el caso de que como efecto de la pandemia, exista otra situación de confinamiento o cuarentena y por tanto puedan modificarse las establecidas en el contrato inicial. Este tipo de cláusulas sirven de igual manera para todas las personas, con independencia de que sea un estudiante, un trabajador, una persona jubilada, un turista que está en España durante su periodo vacacional…
¿Qué aspectos suelen recoger las cláusulas Covid en este tipo de contratos?
Las cláusulas Covid deben estar íntegramente ligadas a la particularidad de la vivienda y de las partes que van a formar parte del contrato, es por ello por lo que se recomienda contar con la experiencia de un profesional legal que pueda acompañar el proceso y desde el primer momento hasta el último pueda velar por el cumplimiento de lo establecido.
En líneas generales estas cláusulas recogen circunstancias concretas como poder dejar de pagar durante un tiempo el alquiler de la vivienda en la que me encuentro, si puedo finalizar antes de la fecha estipulada el contrato de alquiler y abandonar la vivienda, si puedo ampliar el tiempo del contrato con las mismas condiciones o cuáles si el documento anterior expiraba durante un proceso de confinamiento o estado de alarma, si puede existir penalización por el retraso de un pago o si se podría establecer una rebaja o aplazamientos de cuotas y si existe una forma de hacerlo de forma automática o no entre otras. Dar el máximo de información y detalles en el contrato evitará sorpresas o situaciones complejas en el futuro.
Este tipo de cláusulas se pueden incluir en cualquier momento, siempre que sea coincidente con una situación compleja. Sin embargo habría que estudiar la casuística, ya que tanto la cláusula como el momento, estarán íntimamente ligadas con el tipo de contrato de alquiler que tengamos. No es lo mismo un alquiler vacacional, que uno establecido para un periodo de tiempo más largo como es el caso de los estudiantes, universitarios, profesionales que cambian de ciudad por motivos laborales… Desde Migallón Abogados ofrecemos la posibilidad de contar con un abogado especializado en temas de vivienda. Cuéntanos tu caso sin compromiso y te daremos la mejor solución para evitar la morosidad, que se pueda quedar la vivienda vacía, incluso provocando las tan temidas ocupaciones.