Hijos no biológicos tras un divorcio
Los hijos se han convertido en la mayor parte de los divorcios en una de las principales fuentes de disputa ante una separación. Moneda de cambio en muchos casos, son ellos los que más sufren ante una ruptura traumática. Determinar el tipo de custodia o la pensión alimenticia se convierte en un camino complicado, pero si además los hijos no son biológicos, la situación empeora aún más.
Recientemente la Audiencia Provincial de Cáceres se ha encontrado con un caso peculiar, tras el proceso de divorcio de una pareja, la mujer manifiesta que su hija mayor, no es hija biológica del que hasta el momento había sido su marido. Padre e hija desconocían esta situación hasta dicho momento, y es cuando la madre solicita la modificación del convenio regulador, cuando comienza un tortuoso camino para ambos. Para el que se había considerado como el progenitor, por el vínculo paternofilial que se había creado durante estos años y para la infante, porque además de ese vínculo, no entiende la motivación por la cual, ella no acompaña a su hermano pequeño, que sí es hijo biológico de ambos, los fines de semana cuando este visita al que ella considera su padre.
En primera instancia el juzgado dio la razón a la madre, lo que dio lugar a que su exmarido dejó de tener que pasar la pensión que ascendía a 200€, pero además dejaba de disfrutar del tiempo que hasta el momento compartían. Una resolución que apeló quien hasta el momento había creído ser su padre biológico, y la justicia le dio la razón. La justicia ha sido clara al respecto, «no puede impedir o ser un obstáculo para poder seguir manteniendo una amplia relación y contacto, dado que esa relación forma parte o se integra, sin duda alguna, en el concepto de persona allegada».
Para la justicia queda suficientemente demostrado la relación de allegado y por tanto, el derecho a mantener la relación. El Código Civil, desde el año 2015, reconoce el derecho de «hermanos, abuelos y otros parientes y allegados» a poder mantener una relación directa y fluida con menores sin que haya una justificación para darse la situación contraria.
La realidad de los nuevos modelos familiares está provocando que este tipo de situaciones sean cada vez menos aisladas, y se establezcan modificaciones en los convenios reguladores en función de los lazos estrechados, y principalmente del bien del menor.
La situación del padre biológico
Por su parte el padre biológico tiene que iniciar un proceso con su hija en todos los sentidos, poniéndose en un punto de partida desde el que ahora debe decidir qué quiere hacer. La madre, destaca la situación de dificultad en la que se le deja al padre biológico a partir de este momento, quien no ha podido tomar ninguna decisión al respecto hasta el momento, y que además deberá compartir tiempo con un padre que en su momento creyó ser el biológico y que ahora goza de derechos adquiridos, y de una madre que decidió privarle del lugar que debió ocupar desde el primer momento.
La peor parte, sin duda, y como mencionamos al principio, queda para los hijos, que deben compartimentar su tiempo y vivir a caballo entre los diferentes miembros y convivir con sus nuevas circunstancias sociales y familiares.
Más allá de la ruptura
El divorcio es en sí mismo una difícil situación para los niños que emprenden un nuevo formato vital, pero además, se abre una etapa en la que deberán aprender a convivir con la separación de sus progenitores y al mismo tiempo con un cambio en la rutina con sus familiares más allegados, con lo que de forma periódica se ha mantenido relación. Por ello las sentencias siempre protegen dichas relaciones con sus allegados, mientras que no se demuestre que existen motivos fehacientes para lo contrario. La protección de la figura del allegado ha cobrado fuerza en los últimos tiempos, y no solo lo ha hecho tras separaciones y divorcios, también ante la mala salud de relaciones familiares. La figura de los abuelos, una de las que más ha visto crecer su peso en los últimos tiempos.
La generalidad no tiene validez en la custodia
La vulnerabilidad de los menores siempre prima y cada caso es diferente; por ello los jueces hacen hincapié sobre la importancia de analizar cada caso y establecer qué es lo mejor. La flexibilidad y el sentido común deben ser factores indispensables para aportar calidad de vida a la nueva situación del menor. Si necesitas asesoramiento no lo dudes y ponte en contacto con nuestro despacho.