Los animales han pasado a ser parte activa en la vida de los hogares de este siglo. Cada vez es más importante el papel que ocupan dentro del entorno familiar. Muchas parejas optan cada día por una convivencia con animales de compañía por delante de la opción de los hijos.
Este cambio en el modelo familiar, ha traído consigo un cambio en la forma en la que hasta ahora se percibían los animales. Recientemente la Ley 17/2021, otorga a los animales su carácter de ser vivo capaz de ser sensible a lo que le rodea y sucede.
Antes de la modificación de ley realizada, los animales estaban equiparados con los bienes, con las cosas materiales que todos tenemos. Con este cambio se reconoce la sensibilidad del animal y por tanto se solicita la necesidad de protegerlo. Es necesario velar por su protección y por su bienestar, atendiendo a sus necesidades y a aquella compañía que le ofrece mayor estabilidad y que protege la relación que pudiera tener antes una persona con él.
Los animales en el divorcio
Aparece con la nueva normativa un pacto relativo a los animales domésticos que juega un papel fundamental en el momento de la separación de una pareja. Como decíamos al inicio, cada vez son más las parejas que deciden optar por una convivencia con animales. Cuando se produce la ruptura, se abre un debate sobre quién se queda al animal o animales y en qué régimen lo hace.
La situación con los animales se ha equiparado prácticamente con la de los niños y por tanto, llegado al punto de la separación, deberá estudiarse cuál es la situación más óptima para los animales. Será en este momento cuando un tribunal pueda decidir sobre quién debe tener la custodia del animal, y cómo se va a establecer la relación con el responsable no custodio.
Además de la relación, y de igual manera que en un divorcio con hijos, el juez establecerá cómo se hará frente a los gastos que requieren los animales de la pareja de aquí en adelante. Protegiendo así las necesidades y sensibilidad de los animales.
La responsabilidad de una persona fallecida
Sin embargo, el divorcio no es la única situación compleja que puede suceder alrededor de los animales. Existen numerosas ocasiones en las que la mascota sobrevive a su dueño y en ese momento en el que nos preguntamos ¿Qué ocurre a partir de ahora con el animal?
Si tienes una mascota y deseas protegerla, nuestro primer consejo es que establezcas en el testamento qué quieres hacer con ella, a quién se la quieres dejar. En el caso de no hacerlo e intentando velar por el bienestar de los animales, se buscará en el entorno más cercano del fallecido a alguna persona que desee quedarse con la mascota.
En los casos en los que no exista testamento que lo establezca, ni persona cercana que quiera hacerse cargo del animal, será considerado como un bien mueble y pasará a ser propiedad del Ayuntamiento correspondiente que lo derivará a un centro de protección de animales.
Si tu animal es importante para ti, y quieres darle la mejor protección posible, te recomendamos que te pongas en contacto con un profesional legal que te asesore sobre cómo debes hacerlo.
¿Estás empezando un proceso de separación con tu pareja y tenéis algún animal en común? Contacta con un profesional, seas tú el custodio o no, tienes una responsabilidad directa con el animal y es mejor que aclares tu situación antes de que lleguen las sorpresas.